Asóciate

Podrán incorporarse a la Asociación cualesquiera personas físicas que estén domiciliadas en el Territorio español, o que desarrollen su actividad relacionada directa o indirectamente con la Gestión de Proyectos en dicho territorio, y que, al menos, se hallen en posesión de alguna certificación (PMP, CAPM, PgMP, PMI-ACP, PMI-RMP, PMI-SP, OPM3, ITIL, PRINCE2, ISO 21500, MAGERIT, etc.) nacional o internacional que lo ampare.

Para que una persona física pueda ser admitida como Asociado habrán de concurrir en la misma, en todo caso, los siguientes requisitos:

  • Tener capacidad de obrar y no estar sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio de su derecho de asociación.
  • Acreditar la debida formación, experiencia y prestigio en materia de Gestión de Proyectos.
  • La aprobación de la solicitud por la Junta Directiva.

La incorporación de nuevos asociados requerirá una solicitud por escrito al Presidente de la Junta Directiva, la presentación de los documentos que, en su caso, se determinen y, si finalmente la solicitud es aprobada por la Junta Directiva, el pago de la cuota de ingreso

El Secretario verificará el cumplimiento de tales requisitos y trasladará la solicitud al Presidente. Éste propondrá al candidato en la próxima reunión de Junta Directiva que se celebre, resolviendo ésta acerca de la admisión o inadmisión del solicitante mediante escrito.

En el caso de que se produjera resolución denegando la incorporación como asociado, el afectado podrá interponer recurso ante la misma Junta Directiva en el plazo de quince (15) días hábiles, la cual resolverá en la siguiente reunión de Junta Directiva que se celebre, comunicando por escrito su resolución al interesado.

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